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Año Jubilar Franciscano: Templos de la Archidiócesis para lucrar las indulgencias

Archidiócesis de Toledo

Con motivo del VIII centenario del tránsito de san Francisco de Asís, sucedido en 1226, la Archidiócesis se une a la Iglesia universal y a la familia franciscana para celebrar este evento, que constituye un año jubilar inaugurado el pasado 10 de enero y que se extiende hasta el próximo 10 de enero de 2027.

Mons. Francisco César García Magán, obispo auxiliar y vicario general de la archidiócesis de Toledo, informa a través de carta circular que los fieles “podrán lucrar la indulgencia plenaria -aplicable también en forma de sufragio por las almas de los fieles difuntos- realizando las siguientes acciones en los lugares designados, con ánimo desprendido de todo pecado, incluso venial:
visitar en forma de peregrinación cualquier iglesia conventual franciscana de nuestra Archidiócesis, entre ellas el Monasterio de San Juan de los Reyes, en Toledo; el Monasterio de Nuestra Señora de Guadalupe, en la Puebla de Guadalupe; así como los conventos de Clarisas, Concepcionistas Franciscanas, TOR, y las casas religiosas de las diversas congregaciones de espiritualidad franciscana presentes en nuestra geografía diocesana”.

También se podrá ganar la indulgencia en “cualquier lugar de culto dedicado a san Francisco de Asís o a él vinculado por cualquier motivo legítimo”.

 

Condiciones necesarias para lucrar las indulgencias

Además de esta peregrinación a los lugares mencionados se requiere participar devotamente en los ritos jubilares o permanecer durante un tiempo adecuado en piadosas meditaciones, elevando a Dios oraciones. Y concluir el tiempo de oración con el rezo del Padrenuestro, la profesión de fe (Credo) y las invocaciones a la Santísima Virgen María, a san Francisco de Asís, a santa Clara y a todos los santos de la familia franciscana.

Don Francisco César subraya, igualmente, las condiciones acostumbradas por la Iglesia para lucrar la correspondiente indulgencia: confesión sacramental, realizada algunos días antes o después de la obra jubilar; comunión eucarística, recibida preferentemente el mismo día de la visita al lugar jubilar; oración por las intenciones del Santo Padre, como signo de comunión con la Iglesia universal.

De igual manera indica que “los ancianos, los enfermos y quienes los cuidan, así como todos aquellos que por grave motivo no puedan salir de casa, podrán igualmente alcanzar la indulgencia plenaria si, supuesto el desprendimiento de todo pecado y la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones acostumbradas, se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares del Año de San Francisco, ofreciendo a Dios misericordioso sus oraciones, dolores o sufrimientos”.

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