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Mons. Francisco Cerro firma el decreto - Foto: Archidiócesis de Toledo

Erigida la Comisión Diocesana para la protección de menores

Archidiócesis de Toledo

Mons. Francisco Cerro Chaves, Arzobispo de Toledo, firmaba el pasado 7 de abril un decreto  decreto por el que erige la Comisión Diocesana para la protección de menores y otras personas vulnerables a tener del Motu proprio del Papa Francisco (9-05-2019).

Con esa misma fecha nombraba directora de la citada comisión a Lourdes Carrazoni Prous, psicóloga y experta en derecho canónico, y miembros de ella a Juan Marín Relanzón, abogado y experto en derecho canónico, y al sacerdote Félix del Valle Carrasquilla, doctor en teología y experto en psicología.

La Comisión tendrá su sede en el Centro de Apostolado Seglar  y se ha habilitado el siguiente correo electrónico proteccionmenores@architoledo.org

 

Siguiendo las pautas del Papa Francisco

El decreto del Sr. Arzobispo comienza recordando que el Papa Francisco aprobó el pasado mes de mayo una «norma estableciendo nuevos mecanismos para implicar activamente a toda la Iglesia en la lucha contra los abusos sexuales (Carta Apostólica en forma de Motu Proprio Vos estis lux mundi, de 7 de mayo de 2019)», y añade que «en particular, busca facilitar que las personas que tengan conocimiento de estos abusos puedan informar a la Iglesia, garantizar que se estudien convenientemente las informaciones recibidas y se tomen oportunamente las medidas necesarias».

Tras recordar que «para llevar a cabo esta misión, el Papa Francisco ordenó a todas las diócesis del mundo, la creación de uno o más sistemas estables y fácilmente accesibles al público para presentar los informes», el decreto establece que «a tenor de lo acordado en la Provincia Eclesiástica de Toledo, se crea en la Archidiócesis una Comisión diocesana para la protección de menores y otras personas vulnerables, y la prevención de abusos sexuales».

Además, el decreto precisa que esta Comisión estará adscrita a la Vicaría general y que su directora «es la persona encargada de recibir las informaciones sobre abusos. Los miembros de la Comisión, por su competencia en las distintas áreas, prestarán ayuda» a la directora «en el ejercicio de sus funciones».

 

Los fines de la Comisión

Entre los fines de la Comisión el decreto señala que «velará por que todas las instituciones y ámbitos eclesiales católicos que desarrollan su tarea pastoral en el territorio de la Archidiócesis sean un lugar seguro libre de abusos sexuales, de modo particular, para los menores y otras personas vulnerables que participan de todas sus actividades».

Así pues, el Sr. Arzobispo promulga el decreto, «consciente de que –como señala el Papa– ‘los delitos de abuso sexual ofenden a Nuestro Señor, causan daños físicos, psicológicos y espirituales a las víctimas, y perjudican a la comunidad de los fieles’ y de que, ‘para que estos casos, en todas sus formas, no ocurran más, se necesita una continua y profunda conversión de los corazones, acompañada de acciones concretas y eficaces que involucren a todos en la Iglesia’».

 

Facilitar información

Seguidamente, el Arzobispo de Toledo concreta que «el oficio eclesiástico competente en la Archidiócesis para recibir eventuales informaciones relativas» es la directora «de la Comisión diocesana para la protección de menores y otras personas vulnerables, y la prevención de abusos sexuales».

Además, el Arzobispado de Toledo dispondrá lo necesario para que las personas puedan presentar con facilidad dichas informaciones, de modo particular, mediante acceso visible en la página web del Arzobispado y una dirección de correo electrónico específico, que ya ha sido habilitada. Dicha presentación también podrá realizarse directamente, mediante correo ordinario o personalmente» ante el la directora de la Comisión.

«Las personas informantes –afirma el decreto– deberán facilitar un testimonio lo más completo posible. Por su parte, la Comisión deberá acusar recibo y lo comunicará oportunamente al Ordinario correspondiente. También informará a estas personas sobre la obligación de que ellas mismas presenten, en su caso, denuncia en el fuero penal civil».

En uno de sus apartados, se especifican las funciones de la directora de la Comisión, entre ellas, «recibir los informes sobre los presuntos delitos y conductas, acusar recibo a las personas informantes, comunicándoles la obligación, en su caso, de denunciar directamente en el fuero civil, y transmitir dichos informes al Ordinario competente».

Además, habrá de proponer tanto «el modo de acompañar y ayudar a las eventuales víctimas», como «el acompañamiento y ayuda necesaria para la persona citada en los informes y los medios para que se haga efectiva la presunción de inocencia».

 

Las funciones de la Comisión

Por su parte, la Comisión, entre sus funciones, ha de «ayudar al gobierno de la Archidiócesis sobre materias de su competencia en orden a la protección de los menores y otras personas vulnerables».

También tendrá que «estudiar los protocolos y medidas de prevención existentes en la Archidiócesis, y presentar al Arzobispo propuestas para su mejora donde sea necesario», así como «estudiar las novedades en la legislación civil y canónica, y presentar al Arzobispo propuestas para su aplicación».

Además, habrá de «proponer criterios sobre la información que conjuguen los distintos valores, principalmente el derecho a la intimidad y buena fama de las personas e instituciones, el derecho a la legítima información y el derecho a la presunción de inocencia y estudiar medidas de acogida, acompañamiento y ayuda pertinentes a las eventuales víctimas».

Para acceder al decreto firmado por D. Francisco Cerro: pinchar aquí.

 

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